marzo 19, 2006

 

¿Cómo se calcula un subsidio por incapacidad laboral maternal de una trabajadora dependiente?

¿Cómo se calcula un subsidio por incapacidad laboral maternal de una trabajadora dependiente?
Para calcular un subsidio por incapacidad laboral de origen maternal se debe efectuar la misma operación que se realiza para determinar un subsidio de origen común.

Sin embargo, el monto diario de los subsidios no podrá exceder del equivalente a las remuneraciones mensuales, subsidios o de ambos devengados por las trabajadoras en los tres meses anteriores más próximos al séptimo mes calendario que precede al de inicio de la licencia dividido por noventa, aumentado en el 100 % de la variación del Índice de Precios al Consumidor en el período comprendido por los siete meses anteriores al mes precedente al del inicio de la licencia, e incrementado en un 10 %.

Los tres meses a que se refiere esta norma no es necesario que sean los inmediatamente anteriores a la licencia, sino que deberán estar comprendidos dentro de los seis meses inmediatamente anteriores al séptimo mes calendario que precede al del inicio de la licencia.

Si dentro de dicho período sólo se registrasen uno o dos meses con remuneraciones y/o subsidios, para determinar el límite del subsidio diario, se dividirá por 30 o 60, respectivamente.

Por ende, tratándose de un subsidio de origen maternal de aquellos sujetos al límite señalado en el inciso 2º del artículo 8º del D.F.L. Nº 44, se deberá efectuar en primer lugar el procedimiento de cálculo habitual y posteriormente el destinado a establecer el límite.




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